RESOLUCIÓN nº 984/2014 DE 18/12/2014 de la SCJ

SCJ realiza precisiones sobre declaración de no funcionamiento de oficinas judiciales

 

18.12.14, de DICOMI-SCJ.- La Suprema Corte de Justicia aclaró el alcance de la resolución nº 981/2014 emitida ayer expresando que a partir del día 16/12 del corriente no funcionan las oficinas del Poder Judicial, estableciendo hoy que la medida tiene como único propósito evitar el transcurso de los plazos procesales.

 

El máximo órgano de justicia indicó que la aclaración tiene el cometido de "evitar interpretaciones erróneas".

 

La declaración de que no funcionan las oficinas del Poder Judicial tiene por fundamento "no causar mayores perjuicios a los usuarios del servicio de justicia" y pretende evitar "el transcurso de los plazos procesales hasta el 24 de diciembre", sin perjuicio de las actuaciones que válidamente puedan realizarse.

 

Asimismo, se exhorta a atender especialmente aquellas actividades que por involucrar derechos fundamentales, necesariamente deben cumplirse (ejemplo: libertades, amparos, etc.).

 

TEXTO DE LA RESOLUCIÓN nº 984/2014 DE 18/12/2014

 

Resolución SCJ n° 981 /2014

 

Montevideo, 17 de diciembre de 2014.-

 

VISTOS y CONSIDERANDO

 

I)las medidas gremiales adoptadas por los funcionarios agremiados en  las diversas Asociaciones, en virtud del conflicto sindical que se lleva adelante respecto al diferendo presupuestal con el Poder Ejecutivo, las que causan una grave distorsión en la prestación de un servicio esencial para la vigencia del Estado de Derecho, pudiendo, además, traducirse en grave afectación de los derechos fundamentales del hombre, consagrados en la Constitución y en las Convenciones Internacionales, ratificadas por la Repúblíca;

 

II)Que, a efectos de dar seguridad jurídica a los operadores de la justicia esta Corporación entiende necesario declarar que no funcionaron las oficinas judiciales el día 16 de diciembre ni funcionarán hasta el 24 de diciembre del corriente;

 

ATENTO: a lo expuesto;

 

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, en Acuerdo Administrativo de la D.G.S.A.

 

RESUELVE:

 

1.- Declarar  que a partir del 16 de diciembre no funcionan las oficinas del poder Judicial, y hasta el 24 de diciembre del corriente inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.-

 

2.- En los casos en que por las razones antes explicitadas y no cubiertas por la suspensión de los plazos procesales, no sea posible la presentación de escritos judiciales ante la Oficina de Recepción y Distibución de Asnntos o en la propia Sede, los mismos serán recibidos en mesa de entrada de Dirección General de los Servicios Administrativos (Héctor Gutiérrez Ruiz 1264).-

 

3- En situaciones de urgencia tales como Amparo, el escrito respectivo se presentará en la Secretaría Letrada de la Suprema Corte de Justicia que efectuará el sorteo de asignación de Juzgado correspondiente.

 

4.- comuníquese e  insértese en la página web del poder Judicial.-